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El origen de estas
reclamaciones que miles de
familias numerosas castellano-manchegas tienen que realizar a la Agencia
Tributaria se remonta a
junio de 2005 cuando, finalizando el plazo para las declaraciones de la Renta,
el Ministerio de Hacienda emitió un informe puntualizando que las ayudas por
hijo que reciben 20.000 familias numerosas en Castilla-La Mancha, no tenían la
exención para las prestaciones por hijo a cargo que prevé el artículo 7.h de la
Ley del IRPF
Tras aquel informe, muchas familias numerosas
castellano-manchegas empezaron recibir liquidaciones complementarias de
Hacienda. Para hacer frente a ellas, la Federación Castellano-Manchega de
Familias Numerosas elaboró un modelo de reclamación económico-administrativa
que se descargaron gratuitamente
centenares de afectados, sin embargo, a partir de 2006 la Agencia Tributaria
incluía la prestación en el borrador de declaración, sumada en la casilla de
los salarios, de forma que, como suele ser habitual, las familias que aceptaron el borrador sin
examinar la casilla de los salarios
desconocen que han tributado por ello.
El Tribunal
Económico-Administrativo Central resolvió definitivamente el pasado 12 de junio
a favor de las familias numerosas, declarando exentas dichas prestaciones y
representantes de la Federación Castellano-Manchega de Familias Numerosas se
entrevistaron con la Agencia Tributaria, determinando los supuestos en los que pueden
estar las familias afectadas. Desde la páginas de las asociaciones de Albacete
(www.familiasdealbacete.com) y
Ciudad Real (www.fanureal.org) se ofrece una
completa información sobre ello..
El caso más común es el de
familias que, o bien declararon las prestaciones en su declaración (a sabiendas
o sin saberlo), o bien pagaron y recurrieron la liquidación complementaria.
Estas familias pueden descargarse
gratuitamente en dichas páginas un formulario para iniciar un procedimiento
llamado "de rectificación de autoliquidación presentada", un sencillo
escrito donde se solicita la devolución de lo injustamente tributado, desglosando
el administrado el importe total de las
prestaciones por ejercicios (lo tributado sobre ellas lo calcula la AEAT).
Paloma de Castro, presidenta
de la federación que agrupa a las asociaciones de familia numerosas de Albacete, Ciudad Real, Guadalajara, Campo de
Criptana y Talavera, explica que “las
cantidades a devolver oscilan entre 150 y 250 euros por ejercicio y hay
familias que han pagado tres ejercicios. Estas prestaciones se declaraban como
rendimientos de trabajo, así que en los borradores enviados por Hacienda en 2007
y 2008 aparecían sumadas a los salarios, cosa que muchas familias desconocen. Para
comprobarlo, basta examinar en si en la casilla 001 de las dos últimas
declaraciones figura la Junta de Comunidades como entidad pagadora por un
importe que solía superar 1.000 euros, equivalente a la prestación anual por 3
hijos, aunque puede ser inferior o superior, dependiendo del número de hijos y
de otras circunstancias”.
Otro escenario es el de familias
que tienen sus recursos en marcha, las cuales han de seguir con ellos y esperar la resolución del órgano ante el que
se recurrió.
Por último, peor suerte
podrían correr quienes pagaron voluntariamente las liquidaciones enviadas por
Hacienda y no las recurrieron, los abogados consultados por la citada
federación no lo ven claro: “según
algunos Hacienda no tiene que devolver lo que el administrado aceptó dejando al
dejar pasar el plazo de recurrir, pero otros argumentan que las liquidaciones
tienen carácter provisional y que hay cuatro años para plantear una
rectificación de liquidación. Nosotros recomendamos a las familias que se
encuentran en esta compleja situación que se asesoren con un abogado, también van
siendo muy comunes los seguros de defensa jurídica e incluso algunas compañías
la incluyen en el seguro del hogar”−termina
diciendo Paloma de Castro.
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